El aire acondicionado que cada usuario decide instalar en su casa está sujeto a ciertas normativas que se sustentan en varios niveles: estatal –con los artículos dedicados a este tema dentro de la ley de la Propiedad Horizontal –, regional, municipal y de la propia comunidad de vecinos. Toda normativa es susceptible de cambios, provenga del organismo que provenga y sea cual sea el asunto al que se refiere; y desconocer las leyes no exime a nadie de su cumplimiento en ningún caso.

Ordenanzas para el aire acondicionado en las fachadas

Cada ciudadano ha de estar al corriente de las leyes; es una de sus obligaciones y faltar a ello le podría traer problemas de todo tipo, desde los más leves hasta los más graves y, como decimos, el desconocimiento no sirve como excusa. Para informarse existen varios medios, como puede ser por ejemplo el Boletín Oficial del Estado, que se publica precisamente con el fin de ofrecer a la sociedad la información temas que atañen al país, encontrándose entre éstos los cambios en las normativas.

Seguramente alguna vez le haya ocurrido ir por la calle tranquilamente y recibir el fresco impacto de una gota de agua sobre su cabeza o su espalda; al mirar hacia arriba habrá descubierto que la fuente de esta pequeña desgracia es la unidad externa de un aparato de aire acondicionado. Esto es algo que le ha pasado a todo el mundo y habitualmente a nadie le resulta agradable, sea el damnificado usuario de climatizadores o no. Lo cierto es que a todos nos viene bien el aire acondicionado propio o de lugares por los que transitamos, y por el contrario no nos gusta que nos caigan gotas de agua por la calle. Conclusión: como sociedad se ha de buscar la manera de contentar a la mayoría, y por esto precisamente se buscan soluciones.

Molestias ocasionadas por la unidad externa del aire acondicionado

Además de estos desagradables incidentes los aparatos de aire acondicionado han supuesto y suponen muchos quebraderos de cabeza, desde sus orígenes hasta la actualidad, tanto para propietarios como para afectados. El lugar de colocación no siempre es el idóneo y cuando lo es no está permitido, o lo es y está permitido pero no presta el rendimiento suficiente o cualquier asunto de esta índole, incluyendo molestias a individuos ajenos a su uso. Como es imposible ponerse de acuerdo, debe haber leyes que establezcan un orden.

Los males pueden ser estéticos, arquitectónicos o estructurales, y a veces como decimos, el lugar más idóneo para el funcionamiento del aparato resulta molesto para el vecino y viceversa. O simplemente la zona óptima para su instalación es la fachada principal del edificio y sin embargo no queda bonito. El caso es que sea como fuere, todos estos asuntos se han de gestionar de la manera más justa y equitativa posible y establecerse con la suficiente antelación, de forma que los problemas entre individuos no lleguen a mayores. Y para eso están las normativas.

Ordenanzas municipales para la instalación del aire acondicionado en fachadas

Dentro de las leyes que puedan establecerse desde el Estado o desde las diferentes comunidades autónomas, también aparecen las ordenanzas municipales –que en este aspecto prevalecen sobre el resto –, y las de las comunidades vecinales. Estas normativas tienen el fin de unificar la estética de las localidades en cuanto a lo que se refiere a las fachadas de sus edificios.

Cada lugar tiene las suyas, y como comentamos pueden cambiar cada año: en algunos municipios directamente se prohíbe la instalación de unidades exteriores de aires acondicionados en las fachadas, en otras ciudades se permite con algunos matices y en otras con amplias restricciones. En determinadas poblaciones se han de pedir permisos especiales y en algunas está permitido bajo cualquier circunstancia. Por último, ciertas urbes lo dejan al completo en manos de cada comunidad de vecinos. La realidad es que hay que estar al tanto para evitar problemas,  y conocer las restricciones, prohibiciones, matices y permisos que existen en cada lugar con el fin de hacer las cosas de la manera correcta y prevenir posibles complicaciones.

El consejo de Quim Service

Desde Quim Service somos los primeros interesados en convertirnos en su empresa de venta, instalación y mantenimiento de climatizadores, pero no nos engañemos: nosotros no podemos mentirle. Usted contará con nuestra ayuda para conocer las normativas derivadas de su ayuntamiento y su comunidad de vecinos a este respecto, y cuando las conozcamos habrá que buscar la manera de cumplirlas sacándole el mayor partido posible a su equipo. De este modo tanto el cliente como nosotros quedaremos contentos y satisfechos con nuestro trabajo, y sobre todo seguros de que no acabará trayendo problemas.

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